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Alquilé un local en Enero de 1970. La arrendataria tenía en la época unos 60 años y pusieron un negociod de ultramarinos. Antes del 94 supongo, falleció la inquilina (epd) y su hijo se subrogó y continuó el negocio. Hace un par de años tengo conocimiento de que el hijo subrogado cobra pensión de jubilación y en los tikets de caja del negocio aparece un NIF de una comunidad de bienes en vez del NIF del arrendatario. Puedo recuperar el local o es de aplicación lo de los 20 años? Entiendo que si está jubilado no puede trabajar y no puede poner una comunidad de bienes al frente del negocio. Estoy en lo cierto.
Parece que ha habido una cesión inconsentida, por lo que debería tener éxito una demanda de denegación de prórroga, pero tendría usted que confirmar la información de que dispone.
Hola queta:
para responder a su consulta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es