Hay que distinguir entre dos cosas. Los honorarios del abogado y procurador los abona el cliente que contrata a los profesionales y si luego hay condena en costas y se puede cobrar a la otra parte, entonces el cliente recibe las costas.
Lo mismo sucede con la ejecución de la sentencia: el cliente abona los honorarios y si la parte contraria es condenada a pagar las costas y se le pueden cobrar, pues el cliente lo recupera. No hay mínimos por ley.
Puede cambiar de abogado en esta fase.
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