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hola, tuve un accidente cerebrovascular. mi alquiler es de 550 pero ahora no puedo trabajar y cobro pension de minusvalia de 350. vivo con mis 2 hojos pero el alquiler esta a mi nombre. le he pedido a mi casera que me lo rebaje a 500 porque me llega el dinero justo para poder comer y pagar medicaciones pero no quiere. el caso es que desde que enferme le pagamos 500 porque mi hijo solo trabaja a media jornada y entra muy poco dinero en casa. dice que le debemos un dineral sumando los 50 de menos que pagamos. tengo todos los recibos de ingresos de 500 pero me quiere hacer un juicio. que puede pasar? que debo hacer? si dejo el piso por otro mas barato sin pagar lo que le debo me pueden embargar la nomina de mi hijo o la pension de 350 por minusvalia??? necesito ayuda urgente, me llama todos los dias para reclamar un dinero que no tenemos, no lo entiendo, son solo 50 euros de menos que tengo que emplear para mis medicaciones... necesito ayuda. gracias
"quien no sabe contruirse una buena muralla,está destinado a defender su perímetro continuamente" Quiere decirse ,que el casero que no sabe pedir garantías suficientes antes de alquilar....tiene que sufrir lo que le dice Pedro Martínez
Sr. Martínez .- Yo también me daré por satisfecho y me alegraré si esta señora logra evitar un proceso judicial y llega a un acuerdo amistoso y satisfactorio. Afectuosamente, Piscis tres.
Mi primera respuesta, palabra chirriante incluida, pretendia unicamente darle las pautas a la consultante para evitar un desahucio.
no dije que le hiciese un chantaje, le dije que argumentos tenia que utilizar y,precisé que, en parte, me parece una especie de chantaje, pero que es una situacion que el propio casero ha permitido por su falta de diligencia al requerir garantias.
estoy convencido de que si sigue esas pautas evitara un procedimiento judicial y me daré por satisfecho.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Bueno, Sr. Martínez .- esa última respuesta ya varía, pero es que la consultante "mpmg" en su exposición, no ha mencionado esa palabra incluida en el penúltimo párrafo de la primera respuesta que para mí chirria, ni ha mencionado en ningun momento su intención de presionar de ninguna forma a la casera, se ha limitado a pedir "ayuda urgente"
Coincido con Ud, que en las circunstancias particulares de la arrendataria,sería una canallada ponerle un desahucio por no aceptar que pague 500 €, en vez de 550 € , para la inquilina esos 50€ de diferencia, significan mucho y para la arrendadora, no creo que le signifique tanto.
Veo, con agrado, que a los dos nos ha preocupado solventarle el problema a dicha señora, cada uno a su manera, pero con la buena intención de que salga airosa en lo que para ella es su única morada, aunemos esfuerzos y consejos nuestros y de todos los del foro para que la inquilina no salga perjudicada y esperemos que ella nos pueda relatar en un futuro, de que manera ha podido resolver el caso.
Pues ciertamente se parece mucho a un chantaje, aunque le falten las amenazas, pero se trata simplemente de la pura y dura realidad. Cualquier compañero podrá decirte que en cualquier negociacion antes de una demanda, las cartas se ponen sobre la mesa y en las relaciones entre casero e inquilino (como en los procesos de divorcio, en las relaciones comerciales entre acreedor y deudor...) todos tratan de sacar provecho de su situacion.
Mira, en este caso particular si yo fuese el letrado de la propiedad no me andaba con historias, trataria de recuperar la vivienda para mi cliente lo antes posible, sin una demanda de meses que me va a dar una sentencia que no podré ejecutar. Le diria incluso que si el inquilino pone alguna pega que se olvidase del reconocimiento de deuda, y si me apuras hasta le hacemos un ofrecimiento economico por marcharse, le diria que me parece un chantaje y le diria que para la proxima se cuide mucho de exigir garantías a su inquilino.
Sabes que pasa, que al final eso es mas barato que el pleito y dar muchos menos dolores de cabeza.
Evidentemente yo no podria cobrar la minuta de un desahucio que no he puesto, pero tendría a un cliente satisfecho.
Si me aceptas un consejo te diria que te quitases la venda. Hasta que un desahucio no pueda hacerse efectivo en unos dias esta es la realidad. A mi tampoco me gusta y ademas perjudica mi trabajo, pero es lo que hay.
Y no me gusta entrar en asuntos que exceden de lo juridico, pero tambien te dire una cosa, con la que está cayendo, con la bajada de precios en general, con un inquilino que ha sufrido un accidente, con una rebaja misera del 10%, me parece una canallada ponerle un desahucio. Que menos que facilitarle la salida y buscar a otro inquilino que pueda pagar esos 50 euros mas que supongo son los que le dan la vida al propietario.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Sr. Martínez .- Si digo que no considero apropiado para un profesional del derecho lo que se expone y reconoce en el penúltimo párrafo, en relación con el anterior, no es por la cuestión de fondo, a la cual sobradamente le reconozco su indudable conocimiento y experiencia en la materia, pero en la forma de expresión del párrafo en cuestión, no me ha gustado, chirria, hubiera preferido no verlo.
Pues este profesional del derecho vuelve a repetir que son los argumentos que hay que que poner encima de la mesa para una negociacion.
Que una sentencia no pueda ejecutarse por la insolvencia del deudor es un hecho y que el importe de una pension no pueda ser embargado tambien lo es. Es el propio casero quien debe evaluar esta situacion y actuar en consecuencia.
En mi mesa estos argumentos me los ponen todos los días, tanto caseros como inquilinos y no dejan de ser simples argumentos a tener en cuenta a la hora de negociar o asesorar al cliente, no constituyendo tal actuacion ningun ilicito penal.
Es más, en la propia ley rituaria se establece esta posibilidad, concretamente en el art. 437, siendo aun más gravosa si cabe para el arrendador, pues no establece un reconocimiento de deuda como yo apuntaba para la negociación, sino directamente una condonacion parcial o total de la misma que hoy en día se hace constar en mas del 90% de las demandas de desahucio que tengo ocasion de leer.
Por todo ello entiendo que si no consideras apropiadas mis palabras es por simple desconocimiento de la ley.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Sr. Martínez .- no considero apropiado para un profesional del derecho lo que se expone y reconoce en el penúltimo párrafo de la respuesta, en relación con el párrafo anterior.
Podrias explicarme que parte de mi respuesta no respetas y que se supone que se me ha escapado involuntariamente? Desde ya te Digo que no hay una sola palabra escrita de forma involuntaria.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Respetando, en parte, la respuesta anterior del profesional que ha contestado, al cual supongo se le ha escapado,involuntariamente, una frase que no considero preciso repetir, creo y espero pueda solucionar amistosamente el poder seguir en la vivienda que está actualmente ocupando como arrendataria.el aspecto legal ya se lo han explicado, es crudo,frio y carece de sentimientos, " si el inquilino no paga el alquiler convenido en contrato, mediante un procedimiento judicial, la echan a la calle" Su caso es especial,Ud. no ha provocado la situación, ha sido consecuencia de un accidente cerebrovascular, quedando impedida para trabajar y poder seguir pagando la renta de 550 euros/mes y solo pide una rebaja de 50 euros, pese a tener unos ingresos por invalidez de 350 euros, apele a la humanidad de la casera, que por 50 € menos no se arruinará y si no lo logra pida el amparo de la asistencia social del Ayuntamiento o de Cáritas para que la ayuden e intervengan para solventar su problema. Como último recurso,al carecer de medios económicos, pida la asistencia de un abogado de oficio. Le deseo pueda salir airosa de esta situación y con la ayuda de todos y muy especialmente de sus hijos, pueda continuar como arrendataria del piso.
Necesitas urgentemente pactar con la propietaria. Evidentemente los argumentos son sencillos, sales de la vivienda en cuanto encuentres otra mas barata y firmas un reconocimiento de deuda que pagaras poco a poco.
Si la propiedad se niega debes alegarle que eres la unica contratante, que no tienes bienes y que la cuantia de tu pension es inembargable, por lo que de interponerte un desahucio estaras en la vivienda unos cuantos meses y aunque la deuda resulte mayor, serás incapaz de asumirla y no podrá ejecutarse esa sentencia y no cobrará, debiendo satisfacer la propiedad los honorarios de su abogado y procurador.
Es practicamente un chantaje a la propiedad, pero es consecuencia de su falta de diligencia para exigirte garantrias de cobro.
De no pactar esta solucion estaras en la calle en poco tiempo y co una deuda muchisimo mayor a la que se deriva de las rentas impagadas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es