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En 2009 alquilé mi casa a una pareja, ambos avalaron con su nómina. Después descubrí que el hombre no vivia en mi casa. A pesar de que en el contrato estipula: "... a pagar entre los días 1 y 5 de cada mes... La falta de cumplimiento de esta obligación en el tiempo establecidos será causa suficiente para que el arrendador pueda instar a la resolución por falta de pago.", ella me paga quando quiere, lo cual me genera intereses de demora en el banco. Durante el año pasado no me pago ningún recibo del agua, que me la pasan con la comunidad, y no se le ha hecho ninguna subida del IPC. El mes pasado me ingresó la mitad y este mes estamos a 7 y no ha pagado. Ayer la llamé para comunicarle que si no paga, debe dejar la casa, y como respuesta me dijo que no pagará hasta que la eche. ¿Como debo proceder? Yo m he visto obligada a dejar la casa donde vivia xq si ella no m paga, yo no puedo pagar el alquiler, ¿puedo alegar eso para recuperar mi casa? ¿Es cierto que hay una nueva ley que agiliza los trámites de desahucio hasta 1 mes? ¿Cuánto tiempo podría estar en mi vivienda sin pagar? Necesito ayuda. Muchas gracias.
Hola Super:
Le recomiendo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para que proceda, si existen deudas pendientes, a instar demanda de resolución de contrato por impago de rentas.
incluso con la "nueva" Ley la duración no será inferior a los 4 meses.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es