Hola, estoy en un piso que antes era de ivima y ahora pertenece a una inmobiliaria. En el contrato de alquiler con opción a compra pone que era renovable anualmente hasta siete años desde la calificación definitiva. Nos han mandado una carta de que ha llegado el fin de la opción a compra y que o compramos o nos vamos. Puedo optar a la prórroga obligatoria renovable anualmente hasta los tres años?
Como señala Amparo habría que leer ese contrato para contestar a susu preguntas, ya que la extinción de la opción por transcurso del plazo no extingue automaticamente el alquiler. EL DECÁLOGO DEL CASERO Pedro Hernández Olmo, abogado
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