Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
el caso es que estoy valorando poner yo la demanda ya que segun he leido en caso de no sobrepasar la misma la cantidad de 2000 euros no es necesario que intervenga abogado y procurador
Me parece que conviene aclarar a mik que una cosa es un procedimiento monitorio para reclamar una cantidad de dinero proceda o no de alquileres y otra distinta es un juicio de desahucio para obtener el lanzamiento (desalojo) del inquilino moroso, en el que también se puede reclamar el pago de alquileres retrasados, en el segundo caso, por imperativo legal, necesita siempre abogado y procurador.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Puede reclamar la deuda usted mismo por un procedimiento monitorio, pero eso no es un desahucio; es decir en ese pleito (monitorio) solamente se reclama el pago, no la resolución del contrato.
Para resolver el contrato y obtener la devolución de la posesión necesita de un procedimiento de desahucio, que por ley exige abogado y procurador.
no. lo que puedes es reclamar el pago mediante un minitorio, pero una demanda de desahucio la tiene que poner un abogado ( y un procurador).