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Cuando alquilamos el piso pensamos en registrar el contrato de alquiler en el Registro de la propiedad, luego no lo hicimos. Hoy me comunica el casero que el piso tiene un embargo desde hace 4 meses y el no lo sabia, no le notificaron. ¿ Podemos ir a registrar ahora el contrato de laquiler, que es de 5 años, en el Registro de la propiedad para evitar que me echen a mi del piso que soy el inquilino y cumplo con los pagos?
El propietario quiere hacerlo, pero aceptara el registro la inscripcion?
Para inscribir un contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad es necesario que se haya otorgado enescritura pública si es así no le pondrán ningun inconveniente pero si está en documento privado no se lo admitirán, si ahora lo eleva a escritura publica la fecha será posterior al embargo y por tanto no le servirá de nada.
Falta la pregunta del millón, de que fecha es ese contrato, si es anterior a 6/6/2013, no debe preocuparse demasiado, ya que el embargo es un amedida cautelar y si llega el caso de ejecución, puede tener hasta derecho de adquisición preferente.
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