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Buenos días, El asunto de mi consulta es el siguiente: En Marzo 2014 se interpone demanda de desahucio por impago de 4 mensualidades de renta. En Mayo 2014 el inquilino abandona la vivienda, firmando un escrito de entrega de llaves con la parte arrendadora. En Enero 2015 se le notifica a un familiar de la parte arrendataria (que ya había abandonado la vivienda) dicha demanda desahucio y se le exige pagar las 4 mensualidades más las que le corresponden hasta la fecha, y se establece como fecha para la vista oral el día 20 de febrero. El 10 de febrero, ya pasado un mes, el arrendatario, que se encontraba aislado, tiene conocimiento de esta notificación. El arrendatario acepta pagar las mensualidades que le corresponden hasta Mayo de 2014 que es cuando abandona la vivienda. Puesto que ya han transcurrido más de 10 días desde la notificación y entiendo se ha cancelado ya la fecha de la vista oral, qué puede hacer el arrendatario???????
Gracias
Perdón, las fechas son hipotéticas. Pongamos que nos encontramos a día 12 de Febrero, y el arrendatario, decide, dos días después de tener conocimiento de la demanda (puesto que se encontraba aislado en el momento de la notificación), actuar. Por otro lado, la entrega de llaves se hace a través de una empresa inmobiliaria que por supuesto sella y firma dicho documento. Aún así la demanda se notifica, supongo que, debido a que el arrendador no comunica la nueva situación al Juzgado, pero esto lo desconozco.