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ABB

inquilino/a

Pasado plazo contestación demanda desahucio.

Buenos días,  El asunto de mi consulta es el siguiente: En Marzo 2014 se interpone demanda de desahucio por impago de 4 mensualidades de renta. En Mayo 2014 el inquilino abandona la vivienda, firmando un escrito de entrega de llaves con la parte arrendadora. En Enero 2015 se le notifica a un familiar de la parte arrendataria (que ya había abandonado la vivienda) dicha demanda desahucio y se le exige pagar las 4 mensualidades más las que le corresponden hasta la fecha, y se establece como fecha para la vista oral el día 20 de febrero. El 10 de febrero, ya pasado un mes, el arrendatario, que se encontraba aislado, tiene conocimiento de esta notificación. El arrendatario acepta pagar las mensualidades que le corresponden hasta Mayo de 2014 que es cuando abandona la vivienda. Puesto que ya han transcurrido más de 10 días desde la notificación y entiendo se ha cancelado ya la fecha de la vista oral, qué puede hacer el arrendatario???????
Gracias

  • Preguntado por: ABB
  • Hace 9 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Entonces, dinos si es real o no es real lo que has planteado o  es un caso práctico que te han puesto en la escuela, y en que consiste eso que dices de que el el arrendatario " se hallaba aislado " acaso en una isla desierta y sin medio alguno de comunicación, o en un viaje de ida y vuelta al mas allá. Además es necesario saber que relación y poderes tiene la inmobiliaria con el arrendador para firmar la recepción de las llaves.
  • ABB

    inquilino/a

    Perdón, las fechas son hipotéticas. Pongamos que nos encontramos a día 12 de Febrero, y el arrendatario, decide, dos días después de tener conocimiento de la demanda (puesto que se encontraba aislado en el momento de la notificación), actuar. Por otro lado, la entrega de llaves se hace a través de una empresa inmobiliaria que por supuesto sella y firma dicho documento. Aún así la demanda se notifica, supongo que, debido a que el arrendador no comunica la nueva situación al Juzgado, pero esto lo desconozco.

    • Respondido por: ABB
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Complementariamente a mi anterior respuesta, si no contestaste a la demanda exponiendo que el local ya estaba libre desde Mayo, ni compareciste ante el juzgado el día señalado, tendrás una sentencia condenándote al desalojo de la vivienda con abono de rentas hasta que el arrendador  recupere la posesión de la misma, más intereses y costas y todo por no consultar a un abogado y hacer las cosas a tu criterio, lo cual ha podido dar pié, siempre que así hayan sucedido  los hechos y ser cierto lo que tú nos dices, a que la parte contraria, silenciara esa entrega de llaves y esperara la sentencia para pedir su ejecución, lo cual me permito dudar de esa actitud de la  parte arrendadora, me parece que el documento al que aludes de resolución del contrato y entrega de llaves, te lo has sacado de la manga ahora, ya que de haberlo tenido firmado por el arrendador, lo habrías aportado al juzgado y por si me equivoco y es como tu díces, le encargas a un abogado que deshaga el entuerto.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Estas consultando un tema que ya ha pasado, supongo que la solución ya tienes, puesto que el juicio se señaló para el día 20 de febrero y dado el tiempo transcurrido hasta el día de hoy, ya obrará en tu poder alguna resolución judicial. Haz un relato completo de los hechos, para poder opinar sobre todo ello.
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