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El precio estipulado de la renta viene negociado en 2€ por cada persona que entra, pero desde hace 2 meses no entra nadie, y el contrato vence en 3 años, tengo una clausula puesta que dice la rescision del contrato de inmediato, puedo cambiar las cerraduras o precintarlas avisando con un burofax la recision del mismo?, gracias por adelantado
No puede cambiar la cerradura sin una orden judicial. Se expone a una sanción.
Debe iniciar un desahucio por falta de pago, pero su contrato parece contener ciertas peculiaridades que en este momento podrían suponerle un obstáculo en las acciones legales.
www.asistencialegal.net
No coincido con el criterio del compañero de requerir el pago mediante burofax, Sobre todo por el 'Curioso' sistema pactado para calcular el alquiler, debería acudir de inmediato a un abogado con ese contrato.
Para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Estimado Fran,
En tu caso, y existiendo un contrato de arrendamiento de por medio, no puedes tomar posesión del local alquilado sin mas, ni siquiera mandando un burofax, aunque asi lo diga el contrato.
Debes solicitar al Juez que declare resuelto el contrato y, por consiguiente, que te entreguen la posesion del local, y esto se realiza mediante un procedimiento que se denomina juicio verbal de desahucio y reclamacion de rentas.
En primer lugar, deberias mandarle un requerimiento al inquilino para que pague (siempre es conveniente agotar las vias extrajudiciales).
Aqui tienes un enlace para descargarte un modelo: http://www.desahucios.org/informacion/modelos-de-cartas.html
Si dicho requerimiento no tiene respuesta, debes de interponer una demanda de juicio verbal de desahucio y reclamacion de rentas.
El plazo de dicho procedimiento va a depender del Juzgado que lo tramite, pero la media esta entre 4 y 6 meses.
Mas informacion en los siguientes enlaces:
Procedimiento de desahucio: http://www.desahucios.org/desahucio-express.html
Coste del desahucio: http://www.desahucios.org/desahucio-express/honorarios-devengados-por-la-reclamacion-judicial.html
Un saludo
Miguel Herrero