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Los inquilinos deben 5 meses y los tengo denunciados desde hace 2 meses y medio. Todavia no han recibido la carta de que estan demandados con la fecha del juicio. El abogado siempre me recomienda no hablar con ellos y es lo que he hecho, osea que desde que los tengo demandados no he contactado con ellos. Hace dos dias los inquilinos me enviaron un correo electronico en el que comentan que se marcharan de la casa en un plazo de mes o mes y medio. Me he puesto en contacto con el abogado para que me aconseje como proceder pero no me ha respondido al correo y no cogen el telefono, me imagino que al ser agosto estan de vacaciones. No se que debo hacer porque hasta donde yo se como aun no han recibido notificacion del juzgado ellos pueden pensar que no estan demandados entonces si se marchan de la casa y aun no han recibido notificacion, que puede pasar?, Ellos no sabrian qe estan denunciados y ademas no estarian localizables. Como puedo yo entonces recuperar la casa?. La verdad es que ya he pagado 1000 euros al abogado y de momento despues de dos meses y medio ni siquera han recibido una triste notificacion de que estan demandados. Al final ya no me importa el dinero que me deben lo triste del tema es que no se va a hacer justicia y con lo facil que es vivir a costa del projimo probablemente lo hagan otra vez.
Muchas gracias por su ayuda
Hola altavoz:
Voy a intentar responder a sus preguntas por orden de aparición:
1º)"No se que debo hacer porque hasta donde yo se como aun no han recibido notificacion del juzgado ellos pueden pensar que no estan demandados entonces si se marchan de la casa y aun no han recibido notificacion, que puede pasar?,"
No debe preocuparse. Con la reforma de la LEC es válido el domicilio que aparezca en el contrato a efectos de notificaciones, que normalmente es el del inmueble arrendado.
2º)"Ellos no sabrian qe estan denunciados y ademas no estarian localizables. Como puedo yo entonces recuperar la casa?. "
Como ya le indiqué el procedimiento de desahucio seguirá su curso y usted obtendrá una sentencia estimatoria.
Por último, si sus arrendatarios, una vez recibida la notificación de la demanda, le comunican su deseo de devolvérles las llaves puede aceptarlas(que quede constancia documental de la entrega y la fecha). Su abogado comunicará este hecho a al Juzgado y el procedimiento seguirá, únicamente, sobre la reclamación de rentas.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
La verdad es que los juicios de desahucio por falta de pago son largos, lentos y penosos, pues te demuestran que la justicia en España, es una pena. Pero lo que está claro que, aunque lenta una vez se pronuncia, si esos fascinerosos tienen ingresos, a la larga cobrarás, poco a poco, eso si, pero el gozo que les hará tener que ir pagando con descuento de sus nóminas, por un montón de tiempo, y además quedará reflejado en su historial crediticio, de tal forma que hasta que pasen más de 5 años, no podrán vover a timar a nadie más.