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ricardo 1

casero/a

Tengo un local arrendado y cobro los recibos a mes vencido, o sea el mes de julio lo cobro del 1 al 10 de agosto

Tengo un local arrendado y cobro los recibos a mes vencido, o sea el mes de julio lo cobro del 1 al 10 de agosto

  • Preguntado por: ricardo 1
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No formula pregunta, si ésta es si puede cobrar por meses adelantados debe remitirse a lo pactado en contrato y si allí, como es habitual se pacta el pago anticipado debería remitirle al arrendatario un buro fax anunciando que ejecutará lo acordado en contarto.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo   http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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