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josepedro

casero/a

¿Qué puedo hacer con mis inquilinos que llevan 4 meses sin pagar?
Desde diciembre tengo alquilado mi piso con un contrato de un año, en dicho contrato además especifica que tengo derecho al uso y disfrute de una de las habitaciones del piso y que dicha habitación no la pueden usar. Llevan 4 meses sin pagarme ni piso, ni luz, ni agua, ni gas y ahora yo quiero ocupar la habitación y me encuentro con que no me dejan ocuparla, la están usando ellos y que han cambiado la llave del piso. Les he mandado un burofax que ha preparado mi abogada y nada. He intentado hablar con ellos y tampoco, ni me dan llave ni quieren pagar ni me dejan entrar en mi piso.

Yo solo quiero que se vayan o poder ocupar mi habitación porque estoy pagando la hipoteca y no tengo dónde vivir. ¿Debería iniciar el desahucio?¿Cómo lo hago? Mi abogada me ha dicho que no tengo nada que hacer y que si les cortan la luz igual se van ... estoy desesperado necesito ayuda. Muchas gracias
  • Preguntado por: josepedro
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Muelles ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Lo mejor que puede hacer con sus inquilinos es demandarles por impago de rentas y desahucio solicitando los alquileres pendientes y la resolución del contrato de alquiler que llevaría implicado el lanzamiento (echar) de la vivienda.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • manuel josé

    casero/a

    Quisiera saber una cosa. ¿El acceso a la habitación es independiente del acceso al piso? Si fuera así, cambiaría cerradura y ya está. Caso contrario la demandarían por allanamiento de morada. Burofax con acuse recibo solicitando pago rentas y suministros y denuncia por falta pago. ¿ Qué dice el contrato sobre suministros) Si habla de cambio titularidad y no lo hacen, Vd. dé baja suministro. Si no lo menciona y solo dice que serán a cargo inquilino, desdomicilie recibos de luz y se lo mandarán al domicilio alquilado. Sino pagan, la Empresa eléctrica corta la luz. Vd. no puede.
  • Muelles

    casero/a

    Deberá dirigirse a un abogado experto en arrendamientos que estudie detenidamente su contrato, ya que las condiciones varían si se trata de un arrendamiento de vivienda, que se rige por la LAU, o un arrendamiento de habitaciones, que no se rige por ésta.

    En cualquier caso, me plantearía cambiar de abogada, ya que en primer lugar, es extraño que una letrada le diga que "no tiene nada que hacer" estando tan clara la demanda de desahucio. Y en segundo lugar, me resulta temerario el consejo de cortar los suministros, ya que se expone usted a una denuncia por coacciones por este motivo.

    Contrate a un buen profesional y haga valer sus derechos.
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
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