Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Raul.eg83

inquilino/a

Soy inquilino, tengo contrato en vigor hasta julio y los propietarios deben entregar el piso en mayo al banco. Que hago?

En julio hará un año que entré al piso como inquilino. Estoy agusto y me gustaria quedarme, aunque los propietarios me han comunicado que el banco se apropiará del piso el proximo mayo, y que deberían desalojarlo por completo. Que debo hacer en mi caso? Que opciones existen en estos casos? Creo que no debería ser tan fácil desalojar una vivienda si existe un inquilino, no?

Gracias de antemano.

  • Preguntado por: Raul.eg83
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Te aconsejo que te pongas en contacto con el banco que ejecuta la hipoteca para poner en conocimiento de ellos tu situación.

    Si ha habido embargo por la vía judicial, acude al juzgado con tu contrato.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Raul.eg83

    inquilino/a

    Muchas gracias, me dejais mas tranquilo la verdad.. no es agradable la idea de tener que mudarse de nuevo cuando se esta agusto en casa.

    De nuevo, gracias por las repuestas.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Puedes quedarte hasta el 5º año de contratro con renovaciones anuales siempre y cuando tu quieras y pagues.

    Solo deberás pagar en otro nº de cuenta.

    De la única forma que podrían desahuciarte es a través de un juez, y solo lo podrían conseguir si el embargo de la vivienda es anterior a la fecha de la firma del contrato, y si es así podrías denunciar a los arrendadores.

    Saludos

    Oscar

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    A ti no te afecta en absoluto, tienes un contrato valido para 5 años, sólo cambia  el propietario, el banco se queda el piso con inquilino y contrato, así que tu deberás pagar la renta a la entidad.

    Recuerda que el contrato no lo pueden modificar y que, aunque ponga un año, se renueva solito hasta 5 años.

    La renta a pagar durante esos 5 años será la misma y las únicas subidas que te podrán aplicar son las del ipc, nada más. Y para hacerte las subidas del ipc te lo deben de comunicar por escrito. las subidas son anuales, en tu caso cada mes de julio.

    Si te lo comunican en septiembre, por ejemplo, no podrás ser retroactiva.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas