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Esther Perez

casero/a

¿A partir de qué fecha concreta se considera impago?
El contrato especifica fecha limite de pago el 5 de cada mes. ¿Es obligatorio enviar un burofax solicitando el pago del alquiler, antes de lanzar el desahucio por impago?
  • Preguntado por: Esther Perez
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
Carla ha sido el primero en contestar
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola, No es obligatorio enviar un burofax al inquilino avisándole del impago y requiriéndole para que proceda a abonar las cuotas pendientes, sin embargo sí es aconsejable hacerlo, dado que por vía amistosa siempre se consigue más rápido que por contenciosa.

    En cuanto al tiempo del impago puede ser desde el día 6 si se fijó 5 en el contrato, dado que sería un incumplimiento del mismo. Sin embargo, nuestra recomendación es que esperes a tener al menos dos meses sin pagar para interponer demanda.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T. 902885473
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    En todos los casos, el impago se produce cuando éste existe, se puede producir una mora en el pago que vd., puede advertir por escrito y sobre la que la ley le permite cobrar intereses cuando se produce. Por otro lado, puede vd., iniciar procedimientos de deshaucio cuando lo crea conveniente, aunque por lo menos yo esperaría dos o tres meses impagados para proceder y siempre previa notificación por bureau fax, esa notificación que la haga un letrado para que esté conforme en forma y en fondo (si no le puede generar problemas).

    Asimismo, le indico que el desahucio es un proceso lento ya que debe pasar por la justicia ordinaria, no puede desahuciar a un inquilino con contrato en vigor salvo que lo decrete un juez y siempre tendrán que ser las fuerzas de orden público quién lo ejecuten, de lo contrario se meterá en un problema.

    Saludos
    Jaime Feiner
  • M.S.G

    profesional

    Apreciada Esther: Cuando se produce un primer impago y la fecha contemplada en contrato es hasta el 5 debes mandar un burofax reclamando la cantidad de ese mes de débito, pero te recuerdo que hasta que no haya 3 recibos impagados no puedes proceder al desahucio, a eso hay que sumarle por desgracia el tiempo que tarde el juzgado en proceder a dicho deshaucio

    M.S.G
    • Respondido por: M.S.G
    • Hace 15 años
  • Carla

    casero/a

    No es obligatorio hacer el envío del burofax, pero sí muy aconsejable porque entonces lo puedes presentar como prueba de la voluntad del inquilino de no pagarte el alquiler pese a tus intentos previos de cobrarlo. De esta forma, te aseguras que no se desestime tu demanda de desahucio. Normalmente, se esperan unos meses de impago antes de presentar la demanda y se envía también previamente el burofax. Aunque, conozco casos en los que el juez ha admitido demandas de desahucio por un mero retraso en el pago del alquiler.
    • Respondido por: Carla
    • Hace 15 años
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