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No se si quiero que se vaya pero la actitud que tiene, de muchas cosas que se estropean en el piso, las reparaciones de electrodomesticos,... me dice que le han costado tanto y lo descuenta de la mensualidad. Cuando en el contrato esta especificado que corre de su cuenta.
A ver, en todos los casos hay alguien que es el jeta y en otros es el que se aprovecha. Mi pregunta en este foro era por si alguien me podia informar, no llamarme jeta sin toda la información. soy casera, si. Y tengo mis reponsabilidades, tambien. Pero el inquilino su principal responsabilidad es pagar, no? Pues no lo hace, o lo hace cuando le da la gana, y la cantidad que ha decidido porque me resta esas repaciones de las q hablamos. (que como dije son de electromésticos, osea pequeñas)
Por no hablar de la fianza que hace mas de un año estoy esperando por ser buena persona (boba, no se) por que no les venia bien, estaban mal de dinero y lo iban a pagar poco a poco. solo he visto 100 € el mes que entro. El resto....
Solo pido lo que es mio, ni mas ni menos.
nexi007 estoy de acuerdo contigo...yo ya lo expuse en este foro, reparé las cosas del piso donde vivo y lo desconté de la mensualidad anunciandoselo por burofax.
Disculpad pero los inquilinos sí podemos hacer reparaciones grandes y luego pasárselas al casero, el requisito indispensable es que sea una reparación urgente, necesaria para la habitabilidad o que incurra en un peligro para quién habita el piso como para terceros (esto me lo dijeron en la Comunidad de Madrid).
En mi caso la consulta fue porque al realizar una obra de aislamiento y picar en una pared exterior se vino abajo un trozo de esa pared por los daños de la humedad y los albañiles tuvieron que sanear la zona, ese saneamiento no estaba presupuestado y como la cobarde de mi casera no contesta mis llamadas tuve que tomar la decisión de dejar que se desplomase la ventana o quedarme en Enero con un boquete en el dormitorio.
Qué habría tenido que hacer ahí? mandar un burofax a la casera y esperar a que conteste o dejar que se caiga la ventana y mate a alguien? Es mi ejemplo pero es que me fastidia un poco la respuesta de el inquilino no puede hacer reparaciones y luego pasarlas.
El sss este es un geta a quien Dios da pañuelo sin tener mocos!
hay que ver como nos gustan los derechos y que poquico las obligaciones.
Abundando en el último punto de la excelente exposición de Alfonso, no es necesario que su inquilino pida ayudas para que la Agencia Tributaria llegue hasta usted.
Bastará con que haga la declaración de IRPF.
En ella debe poner el NIF del arrendador de la que constituye su vivienda habitual...
Saludos - Papeleos Alquiler
El que usted declare o no en hacienda los ingresos que percibe por el alquiler del piso es irrelevante a la hora de iniciar una demanda por desahucio. Esta demanda, que requiere de abogado y procurador es lo que necesita hacer para poder echar al inquilino, siempre y cuando este no pague las rentas o suministros de acuerdo con el contrato.
Ahora bien, la reparación de los electrodomésticos será a cargo del inquilino cuando se trate de pequeñas reparaciones; y a su cargo cuando sean grandes y no exista una causa por mal uso o vandalismo imputables al inquilino. Esto es así independientemente de lo que usted haya escrito en el contrato; pues cualquier cosa que figure en el contrato y contradiga lo que especifica la LEY es de nulo derecho, y por tanto inválida.
Dicho lo cual, obviamente su inquilino no puede de forma unilateral reparar un electrodoméstico roto sin consultarle y posteriormente descontar la reparación de la renta. Si realiza esta práctica, y usted entiende que está pasando a su cargo dichas pequeñas reparaciones (o grandes cuando no procedía), entonces tiene usted los motivos que necesita para iniciar el desahucio (tal y como le he descrito previamente).
Termino, si no declara el alquiler y su inquilino pide la ayuda de arrendamientos; Hacienda tardará poco en agradecérselo con cortesía e intereses (y una multa desproporcionada, usted verá).
Saludos cordiales.
Para poder echar a un inquilino, se tiene que instar un proceso de desahucio contratando abogado y procurador. Pero no lo puede hacer así sin más, debe haber una causa justificada tal como falta de pago, pago atrasado reiterado...
En cuanto a las reparaciones, la LAU dice que las pequeñas reparaciones corren a cargo del inquilino, pero no especifica una lista de lo que son pequeñas reparaciones.
De modo que esto deberá hablarlo con el inquilino. Suponiendo que todas esas reparaciones corran de su cargo, el inquilino debe avisarle a usted para que sea usted quien llame al técnico correspondiente. No puede hacerlo por su cuenta y riesgo y luego descontárselo a usted de la mensualidad. Si esto ocurriese más de una vez, ya tendría una excusa para interponerle una demanda de desahucio, ya que no ha pagado la mensualidad completa.
Entiendo que habrá reparaciones que le toquen a usted y reparaciones que le toquen al inquilino.