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Cuándo tenemos que salir de la finca?
Saludos de Tenerife
Hola holger:
le aconsejo la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
A gelo, no existe inconveniente alguno en pactar una duración distinta y mayor de los cinco años que exige la LAU, solamente tendrá que haber acuerdo de voluntades y el inquilino deberá tener en cuenta que la duración es tan obligatoria para él como para el casero.
Le convendría leer esto: http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/diez-errores-a-evitar-en-el-alquiler-de-una-vivienda
hola, es una pregunta , no existe ningún tipo d contrato d alquiler k sea d otra forma pasados los 5 años + 3 d prórroga. todos se renuevan mensuales??? y si tú kieres kedarte y el propietario tambien quiere k te quedes, no hay otra fórmula de contrato más duradera en el tiempo???gracias
si llevan más de 8 años el contrato está en tácita reconduccion y la duracion es por periodos mensuales si la renta es mensual (lo más habitual) con lo cual al vencimiento de cada mes les pueden notificar la obligacion de abandonar la vivienda (siempre con un plazo de preaviso).