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Angel

inquilino/a

He recibido un burofax para desalojar la vivienda
Buenas tardes- Tengo contrato de alquiler renovado desde Enero de este año y el casero ha remitido un burofax dandome un periodo de 2 meses para abandonar la casa puesto que la necesita para su uso al haberse divorciado Durante estos dos meses tengo que pagar la renta o por el perjuicio de abandonar la vivienda puedo dejar el pago en suspenso
  • Preguntado por: Angel
  • Hace 8 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Angel a las acertadas respuestas que ha recibido solo queda añadir que no se le ocurra dejar de pagar el alquiler, se lo pondrá más facil a la propiedad, que podrá desahuciarlo por falta de pago, pagará esos alquileres y las costas y tendrá que marcharse.
    Para más información puede leer esto:
    La necesidad del arrendador La denegación de prórroga del alquiler por necesidad y la obligación de ocupar esa vivienda La denegación de prórroga del alquiler por necesidad y la obligación de ocupar esa vivienda 2 Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas noches.
    La facultad de reclamar la vivienda para uso propio opera únicamente de AÑO EN AÑO, por cuanto es una excepción a la aplicación de la prórroga obligatoria.
    Como consecuencia de ello, el arrendador no puede reclamar la vivienda hasta el próximo enero.
    Contacta con un abogado para que te asesore y prepare una respuesta al arrendador tras analizar el caso. Si quieres, nosotros podemos ayudarte.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Tienes que seguir pagando la renta, pero dinos la fecha de tu contrato inicial y si éste se "renovó en Enero" en cuyo caso no tendrías que irte, o se "prorrogó" en cuyo caso, tienes unos determinados derechos si el arrendador no ocupa la vivienda en el plazo de tres meses.
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