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1.- casa alquilada hace mas de treinta años.
2.- no existe contrato por escrito (verbal).
3.- durante los treinta años el impuesto del ibi ha corrido por cuenta del arrendador incluido en el pago de la renta.
4.- los gastos de basura, luz y agua han estado siempre al corriente de pago por el arrendatario.
5.- al haber fallecido el arrendador el dia 3 de abril de 2010, las hijas y herederas, a los tres meses del fallecimiento, por medio de burofax requieren el pago de seis años anteriores del ibi para demandar judicialmente y desahuciar.
6.-el arrendatario es una persona de 84 años y su estado de salud ha hecho que se ausentara provisionalmente de la su casa, para ser atendido por problemas de su salud y ha sido en este periodo de tiempo cuando se le interpone demanda de desahucio.