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Buenas tardes:
La semana pasada nos fue entregada la notificación de que el edificio en el cual vivimos de alquiler pasaría a pertenecer a un determinado banco tras la "desaparición" de la empresa promotora dueña del inmueble y la posterior subasta. Habiendo presentado ya toda la documentación pertinente en el juzgado para demostrar el alquiler y habiéndonos puesto en contacto con el procurador que representa al banco para conocer sus intenciones, ¿qué debemos hacer? Por un lado, en el juzgado nos han dicho que, independientemente de la demostración, en un mes nos podrían desahuciar - cosa que tenemos entendido correspondería a la reforma de la LAU, no vigente aún. Por otro, el procurador nos ha alentado a que dejemos de pagar la mensualidad del próximo mes puesto que el arrendador ha dejado de ser el dueño del piso.
Gracias de antemano
Si el edificio se lo adjudica el banco -en subasta en este caso- no hay derecho de tanteo ni de retracto
No se puede dejar de pagar al anterior propietario porque aun no teneis constancia de que haya uno nuevo, es un error de bulto que un profesional pueda dar un consejo asi, os jugais el desahucio.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
El arrendatario tiene derecho a tanteo y retracto en caso de venta. Será un chollo si lo han comprado en subasta.
el contrato subsiste en las mismas condiciones. Dirigiros via notarial al nuevo propietario , consignar la renta en el notario y decidle si quereis ejercer el derecho al retracto.
En general, el nuevo propietario se subroga en los derechos y obligaciones del anterior. por tanto viene obligado a respetar el contrato de arrendamiento existente.
Si el nuevo propietario no les pasa el recibo de alquiler, se pueden consignar en una notaría a disposición del mismo.
Acuda a un abogado experto en estos temas, con el contrato y toda la documentación obrante en su poder, para que le asesore
P. D. En el juzgado nos han dicho que ellos no pueden consignar la renta.
Hola:
Gracias a todos por las respuestas. Al exponer el caso no nos explicamos bien. En realidad, la finca ya fue subastada hace unas semanas (sin que nadie nos avisara) aunque sólo falta el último paso: la adjudicación definitiva por parte del juez. Por tanto, el edificio ya no pertenece al anterior propietario, la empresa promotora, con quien tenemos el contrato.
Llevamos más de un año en la vivienda. Por otro lado, también nos hemos puesto en contacto con un abogado cercano a la familia, que nos ha aconsejado lo mismo que el procurador (dejar de pagar al anterior propietario). También hemos pedido asesoramiento judicial en el juzgado, pero todavía estamos esperando que se pongan en contacto con nosotros.Por eso, otras opiniones son bien recibidas.
Un saludo
Si eso te recomienda el procurador del banco,imagínate si hablas con el propio banco.Haz caso de lo que te han aconsehjado:no dejes de pagar y más importante,busca URGENTE un abogado especilizado en alquileres de tu zona,o incluso de este mismo foro y reclama tus derechos y que si quieren que te vayas que te indemnicen con unos meses e incluso con el traslado.
Espera espera, cuanto tiempo llevais ahí?
sobretodo no dejeis de pagar. Si no lo veis claro consignad la renta en el juzgado.
pablo.
Sobre la reformade la lau olvidate. Sio es ta en vigor si seria aplicable.
sobre el resto, pues dejar de pagar es el pasaporte al desahucio,
tanto os cuesta que un abogado os asesore? Estais dispuestos a jugaros la casa por dos duros?
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es