Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
¿Se puede acoger a que esté recogido por mí?
Hola Juan carlos:
coincido con la respuesta de la Sra Amparo. En el siguiente enlace encontrará más información sobre su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Si te está pagando una renta, da igual que sea familiar o extraño.
Pasado el primer año, tiene derecho a 4 prórrogas anuales, salvo que en el contrato de arrendamiento hubieras incluido la llamada cláusula de necesidad, y se den las circunstancias para hacer valer esa cláusula.
Saludos - Papeleos Alquiler.