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El dueño necesita el piso, ¿cuánto tiempo antes tiene que avisarme para que me vaya del piso?
Si existe un contrato verbal y lo puedes probar, pues supongo que cuando le pagas te da recibos y con los recibos puedes probar la existencia del contrato, no puede echarte, tienes derecho a quedarte cinco años. Si quiere que te vayas, puedes proponerle que te vas si te da una indemnización.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid