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Jaime B R

casero/a

Deuda por alquileres, agua y luz
Un inquilino de un local de mi propiedad, se ha ido hace 40 días, me devolvio las llaves, y firmo la renuncia, reconociendo en el mismo documento que me dejaba a deber 2050 euros, por alquileres y suministros. De palabra me dijo que me iria pagando la deuda poco a poco, dándome a los 30 días algo de dinero sin detallar, pero no cumplió y al requerirle yo, me dijo que no tiene dinero y que cuando pueda me pagará. ¿Qué me aconsejan espero, o lo denuncio? ¿Vale la pena?
  • Preguntado por: Jaime B R
  • Hace 8 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
icired ha sido elegida Mejor Respuesta
  • icired

    icired

    profesional

    Buenas Jaime, en primer lugar, es deseable que hagais constar ese "calendario de pagos" por escrito y ante el mínimo incumplimiento tienes varias posibles vías que te mostramos
    La vía judicial que sería plantear un monitorio con sus correspondientes gastos y plazos, asimismo se debe tener en cuenta que no hay garantía de cobrar si se declara como insolvente a tu deudor.
    Nosotros te aconsejamos que primero optes por la extrajudicial, nos s gustaría mostrarle nuestra herramienta de recobro de impagos:  
    ICIRED ha querido dotar a empresas, pymes, autónomos y particulares de la herramienta que utilizan los bancos y grandes compañías para conseguir el cobro extrajudicial de sus deudas: incluir a los deudores en un fichero de morosidad, evitando hasta en el 79% de los casos tener que acudir a la vía judicial. Consultas al fichero gratuitas, publicaciones 29, 90 ? +iva (sin comisiones ni cuotas) //www.iciredimpagados.com/ 

    Asimismo prestamos un servicio de prevención de este tipo de situaciones sobretodo en el caso de impagos de inquilinos "clausulas de inclusión en Icired", disponibles de manera gratuita en nuestra web. 
    ¿que provoca esto? que tu deudor pague la deuda al saber que figurara en la base de datos, y en caso contrario, como mínimo no podrá hacerselo a ningún otro casero.

    Un saludo, y esperamos que recobre su deuda de una manera u otra. 
    • Respondido por: icired
    • Hace 8 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Jaime:


    La respuesta a su pregunta dependerá de la solvencia de su exarrendatario. Si cree que éste es solvente deberá iniciar la reclamación de cantidad.


    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl



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