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Silvia

inquilino/a

Desahucio por finalizacion contrato

Buenos días, Me encuempleo en una situacion muy dificil.
.el propietariode mi vivienda, en la que convivo con mi hijo menor de edad (empresa, gran tenedor)  interpuso demanda contra mi por finalización de contrato. Llevo 16 años en esta casa. Primer contrato de diez años y dos prorrogas. A principios de 2016, febrero, tuve que dejar de pagar. Solicite alquiler soal y ayudarte al Consorcio de Vivienda de Barcelona. Ellos me demandaron por finalización de contrato(vencía en Abril) pero en realidad habia 3 meses de impago. Ellos me comunicaron por carta su decisión de finalizar el contrato pero sin alegar causa justa (en estos dias he leido algo sobre esto). Ahora, el juez ya decidio y estoy a espera de desahucio. Mi pregunta es: ¿Era su obligacion exponer en la demanda "causa justa"? Y A estas alturas se puede pedir nulidad del juicio? Ellos se portaron muy mal conmigo pues siempre cumpli con mis obligaciones, con mucho esfuerzo. Por favor, necesito ayuda en este tema. Muchas gracias. Yo me encuentro sin empke Ellos me lo comunicaro

  • Preguntado por: Silvia
  • Hace 7 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Charles Boniad

    profesional

    Lo mejor es no aferrarse a la vivienda y buscar algo más económico. El echo de buscar un trato justo o motivo ya no tiene ningún valor solamente moral. Por tanto de no pagar asumirás los gastos jurídicos y una deuda que te pu seguir por mucho tiempo.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Silvia debería leer
    EL DECALOGO DEL INQUILINO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Los contratos hoy en día ya no tienen la prórroga forzosa que antaño beneficiaban al inquilino si quería seguir en la vivienda, siempre que cumpliera el contrato. El arrendador actuó conforme a la ley y el juez le dio la razón. Además con una sentencia que ha ganado firmeza, lo único que se puede hacer, es acatarla, pero supongo que todo eso, ya te lo habrá explicado el abogado que te atendió el asunto.
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