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joseju

inquilino/a

Se puede dar de plazo dos semanas para dejar un piso de alquiler?

Mi madre ha recogido una carta en la que se le señala que tras 9 años tiene dos semanas para abandonar el piso , que comparte conmigo , mi hermana y sus hijos.Se basan el la clausula cuarta del contrato en la que se dice que si el arrendador no comunica al arrendatario que no va a renovar el alquiler o si el arrendatario nole comunica al arrendador que no le va a renovar se extingue el contrato para que el arrendatario pueda quedarse con la vivienda para uso propio.

  • Preguntado por: joseju
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Que vas a saber tú si la ley se ha modificado o no, Pedro, cuando eres un simple abogado que se dedica  a esto todo el día.

    Haz caso a lo que te dice alguien que expone que su madre ha recogido una carta ( de qué tipo? ordinaria? burofax? certificada?), y te dice que la ley ha sido modificada.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    La ley no ha sido modificado, hablas de la clausula del 9. 3, pero eso no tiene nada que ver con lo que has comentado antes.

    pedro Martinez

    Abogado

    5001@Icagr. Es

  • joseju

    inquilino/a

     la ley ha sido modificada para que el propietario no renueve el contrato y poder ocupar la vivienda familiares de primer grado, que es lo que cita la dichosa clausula. Curioso que quiera echar a quien mas tiempo lleva y quien mas paga de alquiler.

    • Respondido por: joseju
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    • Lo de ponerle automaticamente mayusculas en el mail y minuscula en el nombre es algo que le toca revisar a la webbbb!
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Esa clausula va en contra de la la lau, por lo que es nula, pero despues de 9 años es muy conveniente que un abogado revise su contrato para determinar cuanto tiempo les queda antes de que el propietario se de cuenta de como debe hacer las cosas para que os marcheis.

     

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@Icagr. Es



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