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la señora de la casa me tiene cansado
Tiempo máximo de alquiler
El inquilino puede disfrutar de esa vivienda durante cinco años siempre que no pacte otro plazo con el propietario. Mientras que el propietario está obligado a prorrogar el contrato año a año hasta cumplir los cinco, el inquilino puede prescindir del contrato al final de cada año. Ahora bien, está obligado a comunicárselo al dueño del inmueble con un mínimo de treinta días.
En su caso han pactado 2 años por lo que se podrá marchar Ud. avisando con un mes de antelación al cumpleaños del contrato de arrendamiento.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid.
No entiendo la pregunta.
Si usted tiene un contrato verbal de dos años, cuando falten 2 o 3 meses se pone a buscar piso, cuando falten 30 días avisa de que se va a ir, y cuando llegue el cumpleaños del contrato... SE VA.
Lo de cuantos meses tienen que darle... no lo entiendo...No tienen que darle ningún mes.
Saludos