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No hay manera que me lo comuniquen por escrito, y tampoco me dicen cuando empiezan, cuando acabn y que es exactamente. No les concden la cédula de habitabilidad de l piso que tengo.Habalando con un abogado me ha dicho que deje el piso però que reclame indemización por valor 3000 máx. Que tipo de escrito debo hacer? o dejo de pagar ?
Muchas gracias!
Hola Clarence:
Le sugiero la lectura de los artículos 22. 2 y 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Usted tiene derecho a estar en la vivienda hasta cumplir el 5º año, y no tiene porque permitir obras en ella a no ser que sean necesarias.
A partir de aquí, si el arrendador quiere recuperar la vivienda, está en su derecho a pedir una indemnización.
Como ya ha ido hablar con un abogado, creo que lo mejor sería que siguiera sus consejos.
Dejar de pagar es la peor opción , se lo pone fácil al casero. Debe esperar que le comuniquen algo formalmente, ya que de palabra no es un procedimiento adecuado, a la vista de esa comunicación formal deberá hacer su `propia propuesta.
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