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Alquile sin contrato mi vivienda a un conocido porque marchaba a trabajar fuera bastantes meses. Le comente que necesitaba estar empadronado por un tema ese año. El me solicito al cabo de unos meses sólo ser empadronado, Cumplia y cumple sus pagos, pero al de un mes recibo una circular del ayuntamiento para que aclare mi padron.
Hablo con mi inquilino y descubro que ahora no desea contrato. Y en la oficina de empadronamiento, se ha registrado su pareja, sin estar casado, y un hijo común. el por otro lado se ha desempadronado.La oficina me pide explicaciones tambien de cual es mi vivienda habitual, ciertamente yo no resido allí.Viendo que todo son metiras quisiera comunicarle que abandone el piso. Lleva en el año y unos meses y desconozco como solucionar correctamente este tema.
Si no tiene contrato ni hay recibos ni ningún papel, ¿cómo ha podido empadronarse?
Si el lío es con la oficina de empadronamiento, lo más sencillo parece que quien pregunta se empadrone en el municipio donde vive.
Si se trata de recuperar la vivienda... no puede recuperarla porque el inquilino podría demostrar el contrato verbal, pero tampoco puede reclamar cantidades (pagadas sin recibo o no pagadas) al no existir contrato que obligue. Parece que un primer paso sensato sería formalizar un contrato que refleje la realidad, si el conocido quiere seguir viviendo allí (en realidad no me queda claro si es así). Y si quiere, ahí está el derecho a los 5 (o 3) años...
En mi localidad, solamente se puede empadronar una persona, que no tenga ni contrato de alquiler ni facturas de suministros a su nombre, con el permiso del propietario del piso, es decir, el propietario firma el formulario de empadronamiento accediendo a que esa persona se empadrone. Desde luego en tu localidad no parece ser así, lo que está muy mal porque entonces la gente puede empadronarse donde le venga en gana: es mala gestión por parte del ayuntamiento.
Por otro lado, mi ayuntamiento desempadrona automáticamente a las personas empadronadas con contrato de alquiler cuando vence el contrato, si no han ido a presentar el nuevo contrato para seguir empadronadas en la vivienda.
El hecho de que consideren a todas las personas empadronadas en una vivienda como unidad familiar es un problema a la hora de pedir ayudas, porque computan todos los ingresos de los empadronados, incluso aunque no sean familias. Esto parece ser común en toda España. Y está muy mal, sobre todo cuando son pisos alquilados por habitaciones, donde ni siquiera hay lazos de sangre. Así que si lo hace para pedir ayudas, en este caso te beneficia: si tú te empadronas en tu casa y ella y el niño lo están también, figurará que ellos tienen esos ingresos, con lo que las ayudas serán en función de lo que ganes tú.
Pero lo primero sería ir al Ayuntamiento a ver por qué se han podido empadronar, igual ha falsificado tu firma y le pillas por ahí...
Nunca me ha pedido recibo , ni se lo he dado.
sólo ha figurado su empadronamiento el pasado año y se ha desempadronado el mismo.
sin duda, mal hecho por mi parte.
Javier, reitero mi anterior respuesta, no es tan facil el asunto, tiene un inquilino con contrato verbal que unas veces paga en mano ¿con recibo? y otras a traves de un banco, si quiere ahora formalizar el contrato ¿Bajo qué condiciones? ¿A nombre de quien?
Si quiere reclamar como tu dices: esos pagos en mano. Suponiendo que no haya recibo. ¿En qué documento se va a basar esa reclamación?
Lo que no puede es comunicarle que abandone el piso y tampoco iniciar un precario porque hay justificantes de pago.
En fin alguien decía aquí: Las cosas cuando se hacen bien, pueden salir mal, pero cuando se hacen mal siempre salen pésimas.
León dice:"en fin no sé: es que contestar así sin datos a una cosa tan rara"
¡ pues no contestes!
torniquete "por la caridad entra la peste"
debe de regular la situación y hacer contrato cde buena fe con su "conocido" le puede obligar ya que si no acepta le podría llegar a reclamar esos "pagos en mano"
Veo que mi compañero Pedro coincide en lo que yo,suelo exponer habitualmente y ahorareitero, a quien mas perjudica la falta de contarto de alquiler escrito es al casero, ahora no puede determinar ni quien es su inquilino, ni cuandocomenzó el contrato.
Para futuras ocasiones deberia leer el Decálogo del casero en mi blog, cuyo enlace le dejo.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
torniquete: sigo sin entender demasiado bien lo que nos cuenta.
De todas formas por si le sirve de algo sepa que puede "obligar" a su inquilino a formalizar el contrato segun dispone el art. 37 LAU. Asi podra regularizar su alquiler.
Raro es lo que me parece a mi, Me pidió contrato, y es lo que desea todo inquilino y ahora no quiere ¿? . Lo unico que pudiera ser para beneficiarse de alguna ayuda destinada a su familia, de ahi que el deje de estar empadronado.Los pagos los hace en mano, cuando regreso a madrid, que suele ser al de mes, mes y medio. En ese sentido es formal. sólo que en esta situación, sin extender un contrato, por ejemplo, en 2 años si quiero volver a la vivienda, no voy a poder. No se si debo en estas condiciones desempadronarme de la vivienda. Esa es mi duda.
Gracias de todos modos
torniquete; en principio el inquilino puede quedarse, imagino que 5 años desde que empezó el contrato, y por lo menos seguro, seguro que 3.
El contrato comenzó desde el momento en que empezó a pagarle. Además si ha estado fuera imagino que le pagará por banco con lo cual es fácilmente demostrable.
El que el inquilino no esté empadronado allí no importa nada, porque para que una vivienda sea habitual no hace falta estar empadronado.
En cuanto a las aclaraciones que le pide el padrón, lo veo difícil, puesto que la verdad es que Ud. no vive allí. Sólo se me ocurre que espere a que finalice el plazo del alquiler y que desahucie al inquilino si eso le interesa. Mientras lo que puede hacer es alquilar Ud. otro piso y empadronarse en él.
En fin no sé: es que contestar así sin datos a una cosa tan rara, ...
El plazo comenzaria desde que pueda acreditarse el alquiler.
como ves, no hacer contrato perjudica enormemente al casero.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Los pagos me los hace en mano, salvo una ocasión que hizo efectivo , ingresando en cuenta.
5 años a partir de cuando? porque no existe como quien dice registro de entrada. ¿Cómo puedo hacer para que por lo menos comience el contador de esos 5 años, si el insiste en no hacer contrato?
Puede, hay contrato, verbal, facilmente demostrable con los pagos mensuales.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
¿Como puede quedarse 5 años, si se ha desempadronado y no hay contrato?