Apreciado Joan Francesc:
En primer lugar he de comentarte que por un desahucio por falta de pago, lógicamente, debes pagar unos honorarios al abogado y procurador que represente y defienda, pero estos honorarios no tienen que ser ni mucho menos un "dineral" como tú comentas ya que es un procedimiento no demasiado complicado si los datos que proporciona el cliente están ordenados y son correctos.
Conviene que antes de iniciar un procedimiento preguntes a tu abogado los honorarios finales que te serán cobrados para no llevarte sorpresas finales.
Dicho lo anterior, respecto a la posibilidad de cobrar la deuda, es importante que tu abogado esté muy encima del asunto. No obstante, te reconozco que si el inquilino se ha ido de España, la posibilidad de cobrar es muy poca. Si vive en España en cambio, a la larga se suelen cobrar las deudas con perseverancia y paciencia.
Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Atentamente,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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