Hay un error importante y muy difundido, cuando se recibe un aviso de un Organismo público hay que acudir a recogerlo porque de otra forma puede dicho Organismo considerarlo notificado.
En al caso de los Juzgados no es exactamente igual, y en el supuesto que plantea el Juzgado de Paz actúa o parece actuar como mero transmisor de otro Juzgado de superior rango, si además manifiesta que están en pleitos parece que debería recoger esa notificación.
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pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.