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llevo en el piso cuatro mes, y mi casero me comunica via telefónica que lo quiere vender, pero yo quiero quedarme, tengo un contrato de 1 año, en él existe una cláusula que pone: la parte arrendataria acepta la extinción del contrato, por necesidad de la arrendadora de ocupar la viviendapersonalmente, renunciando al derecho de la prórroga forzosa que se refiere el art 9 de la lau, extinguíendose el contrato al finalizar la anualidad que estuviere en vigor en ese momento, previa notificación por escrito con 2 mese de antelación.
yo le comunicaré con antelacion que quiero acogerme a la prórroga pero seguro que él intentará hecharme?? como puede él demostrar que necesita la vivienda??, él tiene otro piso, y lo que quiere es vender lo ha puesto en todas las inmobiliarias incluso en internet, que posibilidades tengo de quedarme, por favor contestenme estoy muy angustiada. gracias
Por cierto,
si aun no lo has hecho Cambia la cerradura ya.
pablo.
La única forma de conseguir echarte es mediante un proceso judicial de desahucio.
Y si luego de eso, no la ocupa y la vende, te ha tocado la lotería. Si en tres meses no ocupa esa vivienda para uso propio, podrás reclamarle todas las mensualidades restantes hasta el cumplimiento de los 5 años, los gastos originados por el traslado, las costas, etc.
Un chollo, el sueño de cualquier inquilino.
Los nuevos propietarios tienen que acatar el contrato, además, le será difícil vender una vivienda que no hayan podido ver. No tienes que dejar entrar a nadie en tu vivienda. Puedes pactar lo que quieras para irte, o no irte.
y si consigue echarme y luego en vez de ocupar la vivienda la vende??? ó la ocupa pero la vende dentro del año??? y si me voy yo antes para beneficiarle la venta a qué tengo derecho??? y si vende la vivienda estando yo dentro los nuevos propietarios me pueden hechar si necesitan ocuparla?? muchas gracias por responderme
Marta,
Personalmente te recomendaria explicarle al casero que no tienes intención alguna de irte antes de los 5 años sin mas; y que si quiere que te vayas todo es negociar una indemnización.
algo mas o menos habitual seria:
-devolución integra de avales y fianzas
- Pago costes agencia (si hubo)
-pago mudanza (sobretodo si llevas 4 meses! )
-indemnización de 3 a 6 meses de renta.
es solo mi opinión.
saludos,
pablo.
Hola,
El puede vender el inmueble sin que te vayas, ahora bien, el nuevo propietario tendrá que aceptar tu contrato y respetarlo, y tú no tienes que dejar que entren a visitarlo ni nada.
Si el te obliga a irte para vivir en la vivienda, tiene tres meses para ocuparla, si no lo hace, puedes volver a ella y tiene que pagar el todas las molestias causadas, mudanzas, diferencias de alquiler, fianzas perdidas, indemnización, etc...
Así que si llega el momento en que te quiera echar, ponte en manos de un abogado para que te asesore de todo y de que forma debes actuar.
Saludos
Oscar
Hola marta:
la venta del inmueble no es una causa de necesidad. Le sugiero la laectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es