Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El arrendatario de mi piso se fue (al extranjero) sin devolverme las llaves. Ahora en mi piso viven un par de amigos suyos que no tienen contrato y tampoco me pagan la renta de alquiler del piso. Al arrendatario no le localizo, y los que vivien en el piso, cuyos datos no tengo, puesto que no existe contrato ni ningun otro documento, me dicen que no se van del piso.
¿Que puedo hacer? Entiendo que no procede desahucio por ser este una acción civil, ¿podría hacerse?
Gracias por vuestras respuestas.
Hola Bree:
Su caso no es tan complicado:
1 Acción de resolución de contarto por impago de rentas acumulando acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas.
2. Acción de resolución de contrato por cesión o subarriendo inconsetido.
el abogado al que acuda con la documentación le sugerirá cual de las 2 acciones debe instarse.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
Tal como decís, la cuestión se ha complicado porque las notificaciones por edictos dilatan mucho el procedimiento. Y, cobrar las rentas, yo creo que va a ser imposible porque no creo que tenga bienes, ni un salario que no sea en B …
Yo le hice un contrato al arrendatario (un sujeto A) y este empezó a compartir casa con su amigo (un sujeto B), después se pelaron entre ellos, el sujeto A se fue del piso (a otro país) y el sujeto B vive tranquilamente en mi casa SIN contrato; no tuve posibilidad de hacerle contrato, ya estaba dentro.
La situación se ha prolongado porque me va dando largas, dice que se va a ir … yo ceo que se trata de un delito de usurpación de bien inmueble. ¿Cómo lo veis?
Pero hiciste contyrato de alquiler a tu arrendatario o no se lo hiciste? por que si se lo hiciste, aunque él se haya largado al extranjero, si no te paga lo puedes desauciar sin problema.
Si a tu arrendatario no le hiciste contrato de alquiler.. uhmmm entonces lo tienes mal.
Yo creo que siempre hay que hacer contratos de alquiler, asi si pasa algo, se esta cubierto..
Suerte!!
Bree, solo queda recomendarle qeu se arme de paciencia, lo de notificar por edictos, no es tan rápido como lo han 'pintado', para cuando recupere su vivienda y si decide alquilarla de nuevo le conviene leeer esto:
http://www.pedrohernandezabogado.com/2011/09/el-decalogo-del-casero.html
Procede el deshaucio. Tienes que demandar al inquilino que figure en el contrato (independientemente que estén otros), puesto que legalmente es él el que figura en el contrato y si no se ha firmado la rescisión y entrega de llaves todavía es el inquilino de la vivienda.
Acude a un abogado cuanto antes. Aunque esta persona resida en el extranjero y no le puedan notificar, le citarán por edictos publicados en el tablón de anuncios del juzgado y ya está.
Suerte.
Uff, no parece un caso sencillo; creo que deberia acudir sin demora a un abogado.
técnicamente ud aun tiene alquilado el piso a su inquilino; solo que este no le paga.
lo de que encima hayan viviendo en él terceras personas solo complica las cosas.
va a necesitar un abogado sin duda. No pierda tiempo y acuda a uno especializado para inciar los procesos, que no son precisamente ágiles.
pablo.