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Tengo una vivienda que por no poder pagar la hipoteca esta embargada pero aun no subastada y la he alquilado y querria saber con que fecha anterior a la comunicación de la subasta o embargo tendría que hacer el contrato que sería de 5 años, pero se podría renovar otros 5 años sin contar con la Entidad y cual podría ser el porcentaje del importe en relación a la cuota del préstamo.
Hola,
Si el contrato de arrendamiento es posteiror al embargo, el procedimiento de desahucio seguirá sin impedimento.
El arrendatario podría denunciarle por alquilarle una propiedad embargada de mala fé y le podría pedir daños y perjuicios.
Si tiene su vivienda pendiente de subasta el riesgo para vd y su inquilino es que el acreedor impugne ese alquiler potr haber sido hecho de mala fe en su perjuicio.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).