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Hace 6 años el banco embargo mi casa y nos dijo que en breve habria una subasta y nos fuimos de la casa, durante todo este tiempo el banco no ha movido ficha, el embargo no esta ejecutado, y por consiguiente todos los gastos de comunidad estan a nuestro nombre.
Ahora tenemos la oportunidad de alquilarlo, y estamos pensando que el dinero del alquiler podria servir primero para pagar la deuda de la comunidad y luego guardar una parte para darselo al banco.
Tambien pienso que quizá alquilar la casa, sea una manera de ponerle las pilas al banco, y presionarlo para que realmente salga a subasta.
Pensamos que al banco no le interesa sacar a subasta nuestra casa hasta que suban de precio y poder sacar mas tajada del desastre, porque es algo que tienen ahi guardado y no les come pan.
A que nos podemos enfrentar si lo alquilamos?
Estoy de acuerdo con mis compañeros, pero creo que debe avisar al arrendatario de que la vivienda está embargada.
Coincido con PHOLMO: un embargo es la mera afección de un bien al pago de una deuda, pero el propietario embargado puede seguir usándola mientras no se ejecute ese embargo y se proceda a la enajenación del inmueble.
Si lo que se hizo es instar la ejecución hipotecaria, habrá que ver en qué estado se encuentra... ¿¿No acudieron a un abogado para la ejecución hipotecaria??
Un saludo,
Manuela, ante todo hay que saber i verdaderamente se trata de un embargo o mas bien de una ejecución judicial, ya que en el primer caso no veo problema alguno en que alquilen esa casa
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