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rebeka

inquilino/a

Debo 2 meses de alquiler y me ha venido una sentencia de desahucio, ¿qué debo hacer?
El juicio es el 7, ¿puedo pagar los 2 meses y las costas más adelante?
  • Preguntado por: rebeka
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (2)
ege ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    La ley le permite enervar la acción (suspender el desahucio) si abona todas las cantidades adeudadas antes de la celebración del juicio. Para ello, deberá consignar en el juzgado el total de la deuda antes del día 7, el juicio no se celebraría y no tendría que pagar costas judiciales, ya que éstas aún no se habrían producido. Esta enervación sólo puede realizarse una vez, a la siguiente demanda por impago que recibiera, el procedimiento de desahucio seguiría adelante aunque abonara las cantidades debidas.

    Si no dispone de la cantidad adeudada y no paga antes del día 7, el procedimiento seguirá su curso, se decretará el desahucio y será condenada a abonar la deuda más las costas judiciales, pudiendo embargarle cualquier bien de que disponga para hacer frente al pago.
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • ege

    casero/a

    Deberias de haber hablado con el propietario, pero si han pasado dos meses y no has pagado, ahora has de esperar al juicio y ya ahi se te dirá cómo debes de proceder.

    Debes de pagar en tu fecha, a mí no me importa si se me avisa con tiempo que me pagarán el piso un poco más tarde por los motivos que sean, pero claro hay que avisar, y esto se hace como algo extraordinario.

    Un saludo
    • Respondido por: ege
    • Hace 15 años
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