Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
La fecha del "cumple" es el 10 de oct de 2010. ¿Cuál sería el valor de la penalización ?
1.- ¿Si abandonamos el piso el 1 de Sep ?
2.- ¿Y si lo hacemos el 10 de Ago ?
¿Esa cantidad a pagar en concepto de indemnización, saldría del dinero entregado en concepto de fianza o del depositado como aval?
Gracias.
No no no no no...
Si vosotros le pagáis la anualidad completa, que es a lo que os comprometísteis (es decir los dos meses que faltan) y dejáis el piso sin desperfectos, ella debe devolver la fianza íntegramente.
Otra cosa es que vosotros pactéis - 2 meses que yo te debo (de renta) y 2 meses que me deberás tu a mí (de fianza) ...
Saludos - Papeleos Alquiler
Eso significa que nuestra casera se quedaria con los dos meses de fianza que están depositados?
Uno o dos meses de renta.
Lo que dejes de cumplir.
Hay que pagar el año completo.