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Mirando pisos de alquiler se nos ofrece un contrato de 5 años con un plazo mínimo de 2. Si el contato es rescindido antes de este plazo mínimo se nos exige el pago de todas las mensualidades faltantes hasta entonces.
¿Es esta una clausula legal, aún y estando contemplada en el contrato?
¿Que sucede si luego el inmueble presenta vicios ocultos, o desperfectos mayores que el propietario se retrasa en arreglar. (Imaginemos situaciones complejas tipo plagas en la casa, humedades no imputables al uso de las instalaciones, etc etc)?
Muchas grácias!!
Si el motivo del desestimiento está justificado a criterio del juez (usted tendrá que demostrarlo) podría irse antes del plazo sin pagar ninguna penalización.
A ver, si te podria exigir el cumplimiento del contrato, claaro.
si no llegaseis a un acuerdo, imagino que podria mediar el juez; pero las costas las pagarias probablemente tu, pues lo tendrias firmado.
por otro lado, los desperfectos se reparan; sino lo hacen, pues se envia u burofax, los reparas tu y le giras el cargo. Si haces las cosas bien no deberias tener problemas.
aun asi, lo mejor que puedes hacer es revisar bien bien la vivienda antes de alquilarla.
pablo.