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Buenos dias
El pasado 2 de Julio finalizaba el contrato de 1 año que me unia con mi inquilino. Semanas antes me confirmaron telefónicamente de que permanecerian un año más. Ahora me comunican el dia 20 de Julio que se marchan el dia 2 de agosto puesto que han comprado una vivienda avisándome únicamente con dias de antelación y habiéndome hecho perder la temporada de verano.
¿Tengo derecho a no devolverles la fianza o al menos la parte proporcional de los dias que no llegan hasta los trienta tal y como figura en el contrato?
De la ultima frase de francisco, entiendo que el contrato indica que con un preaviso de 30 dias se pueden marchar.
si ese es el caso, les puede retener hasta los 30 dias, claro esta.
sino, les puede exigir que cumplan el año entero.
saludos ,
pablo.
Tal como relata los hechos el inquilino estaba obligado a pernmanecer un año mas por lo tanto tiene derecho a que le indemnice, la fianza me parece hasta poco.
En mi blog, http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/02/alquileres-indemnizacion-por.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario.