Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

arantxita_zgz

inquilino/a

¿Si avisamos con un mes de antelación al propietario del piso que lo vamos a dejar, ese mes lo tenemos que pagar?

mi madre esta de alquiler y hemos encontrado otro piso mas barato, el contrato es de un año pero pone que si avisamos con un mes antelacion lo podemos dejar antes, ¿es verdad? y si le decimos que para el 30 de junio lo dejamos ¿ese mes se lo tenemos que pagar? o si lo dejamos antes solo tendremos que pagar lo que estemos para hacer el traslado

 

gracias

  • Preguntado por: arantxita_zgz
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
voltios ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No Salva... Ya todo el mundo SABE ESO...
    El que no debe saber mirar la fecha de la pregunta (y de las respuestas) antes de responder a un hilo... de HACE CUATRO AÑOS...es usted.
  • Salva

    inquilino/a

    Hola: Lo que pone en esra web a cerca de la nieva ley de alquiler de 2013 es lo siguiente... "Tras los primeros seis meses de alquiler, el inquilino puede dejar el piso cuando quiera siempre que avise con 30 días de antelación, sin tener que pagar ninguna inmenización. La nueva Ley de Fomento del Alquiler también contempla que casero e inquilino puedan pactar en el contrato que si el inquilino deja el piso de alquiler indemnice al casero con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización." Muchos caseros piensan todavía en la ley anterior, y ahora las ccosas han cambiado.
    • Respondido por: Salva
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La regla general es que tienes que pagar la anualidad completa. (incluso avisando 30 días antes de que te vas al cumplir los 12 meses)

    Si te vas antes del año puedes ser demandado en el juzgado, y en tal caso puedes perder más que la fianza.

    Describe aquí la cláusula de desistimiento que dices tener a ver si realmente lo es.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • voltios

    casero/a

    n o se como estara redactado el contrato pero yo entiendo que

    1º tienes que pagar el mes, pues lo que dejaste de fianza no es para descontar la mensualidad.

    2º si no has cumplido con el año minimo de contrato perderias hasta la fianza lo del mes de antelacion se refiero una vez hallas pasado del año.

    a ver si alguien sabe mas pero yo lo veo asi

    un saludo

    • Respondido por: voltios
    • Hace 12 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas