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En mi contrato hay una cláusula que dice que si me voy antes de un año el arrendador se quedará con la fianza depositada.
Pero no usa la palabra 'indemnizar'
¿En ese caso la ley de arrendamientos urbanos de 2013 me da la facultad de poder irme a los 6 meses sin tener que cumplir esa cláusula?
Antes de nada habría que saber la fecha de su contrato, si es anterior a 6/6/2013 esa cláusula podría ser válida, si es posterior es nula.