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cuanto tiempo tengo para avisar a la inmobiliaria que nos vamos a mudar a otro piso con otra finca??? si he dejado 2400 euros de fianza cuanto tardan en devolvermelos??? tengo que avisar por escrito ademas de ir personalmente???
Claudia, me parece que despues de las respuestas aun no tienes muy claro que la notificacion debe ser fehaciente, de debe hacerse la entrega al porpietario, que debes firmar un documentio de finalizacion, que debes atender a lo pactado en tu contrato y que si el contrato no tiene fecha de inicio un dia 18 te va a tocar perder una mensualidad que no esperabas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
hola soy yo de nuevo, hemos avisado (personalmente y por escrito) con un mes de antelacion que dejaremos el piso el 18 de diciembre, (ese dia quede con la srta de la inmobiliaria para la entrega de llaves y la fianza)he mirado el antiguo contrato (2006) y dice clarito 2.400 euros de fianza, en ese tiempo el contrato se firmo por cinco años, queremospor supuesto dejarlomuy limpio, pintar las paredes que antes eran blancas y nosotros le habiamos cambiado el color, les dejo un calentador nuevo porke hace un tiempo se estropeo el que habia aqui,en fin, asi esta la situacion, si el contrato dice una cantidad fija de fianza en euors no hay ninguna duda que fue esa la cantidad indicada!!!
un saludo
Voy a seguir de vacaciones. Mi opinión sobre esto sigue siendo la misma. No entiendo como algunos aguantan ciertas faltas de respeto.
Tampoco entiendo como hay gente que se autodenomina abogado y da ciertas respuestas.
Estoy con Crazyh a quien doy la bienvenida, en este caso la fecha del contrato es primordial si claudi39 quiere recuperar sus 2.400€
Un saludo a crazyh que según parece estaba de vacaciones. Como soy nuevo por aquí aun no había tenido la oportunidad de leer tus respuestas. Espero seguir leyéndote.
Jajaja, pero mira quien anda por aki.
vaya sorpresa. Que tal las vacaciones? ;-)
Para responder a esto es necesario saber la fecha de la firma de contrato.
La ley es el contrato. Los contratos tienen fuerza de ley. "obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley."
Si no se cumple el plazo, se puede llegar a un acuerdo en virtud del cual el arrendador se queda con la fianza (a veces la fianza y algo más) a cambio de no demandar al inquilino por el incumplimiento del contrato.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Pero si resulta que el inquilino se va del piso antes de terminar el contrato o la prórroga anual, ¿qué pasa con la fianza? ¿se devuelve? ¿en qué ley o dónde viene reflejado eso? Tengo entendido que si se deja el piso antes del fin del contrato no te devuelven la fianza incluso te pueden pedir indemnización.
Lee en el contrato a ver quién es el arrendador. A quien tienes que notificar tu intención de no prorrogar el contrato es al arrendador, salvo que el contrato diga otra cosa (tal vez "delegue" en lo que algunos llamáis "las fincas") y al domicilio que figure en el contrato.
Cuidadito que 2400 euros es mucho dinero. Vuelve a mirar bien en tu contrato. Seguramente la fianza será UNA mensualidad y el RESTO lo habrás depositado en concepto de "garantía adicional en metálico". Para devolver la fianza el arrendador tiene 30 días a partir de la firma del documento de fin de contrato. El resto debería devolvertelo en ese acto.
Sobre el plazo de aviso. Debes avisar fehacientemente con al menos 30 días de antelacion a la fecha de fin de contrato o a la fecha de fin de la prórroga anual vigente.
Si tienes cualquier duda pregunta de nuevo. (Haciendo clic en "contesta" en este mismo hilo por favor)
Saludos - Papeleos Alquiler.