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Mi contrato de alquiler es para 5 años, y me exigían quedarme el primer año. Ya llevo año y medio, y me tengo que ir porque me cambio de ciudad por motivos de trabajo. Me dicen que tengo que avisar con 60 días de antelación, y que les tengo que pagar lo equivalente a un mes de alquiler por cada año que no he cumplido de los 5 en total.
He mirado el contrato, y sí lo pone, y yo lo he firmado. Pero cuando lo firmé me dijeron que era así porque ley lo estipulaba de esta forma, pero que lo lógico era que pactaramos el día en que abandonabamos el piso y ya está. Lo encuntro totalmente abusivo!!!
"Si la extinción se produce con posterioridad al primer año de vigencia del presente contrato, el arrendatario deberá notificarlo al arrendador con 60 días de antelación, y abonar o poner a disposición del mismo en el mismo acto de la notificación, y en concepto de cláusula penal, una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir."
Pholmo, me surge una duda. En esta cláusula hay preaviso y cláusula penal. ¿ no es incompatible una cosa con la otra?
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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