Tienes que saber que en este momento os encontráis en tácita reconducción (prórroga automática) y la duración de ella depende de cómo esté redactado el contrato a ese respecto. En mi post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/07/duracion-actual-del-alquiler-de.html pienso que están todos los supuestos.