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beatrizjb

inquilino/a

¿Puedo rescindir el contrato a los 14 meses si es anual y prorrogable anualmente? ¿Perdería la fianza?

En el contrato dice que es un contrato anual pero dice el propietario que si me voy a los 15 meses de alquiler estoy obligada a pagarle hasta el mes 24, en otras ocasiones he alquilado y si me obligaban a pagar el primer año pero a partir de ahi con avisar con un mes de antelación me podia marchar en cualquier momento.Gracias

  • Preguntado por: beatrizjb
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Crazyh ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    beatrizjb Solo se pueden dejar las viviendas en los cumpleaños de la firma,a no ser que te den otra occión sin penalización,pero ya es más raro

    Para dejar una vivienda sin penalización:

    ---hay que avisar 30 días antes ,fehacientemente

    ---Solo se puede dejar estando al día de pagos

    ---Está prohibido por ley utilizar la fianza como pago de algún mes

    ---Solo se puede dejar en los cumpleaños de la firma,de año en año

    ---Es de obligado cumplimiento el firmar el documento de entrega de llaves,en el que se debe evitar que se pongan desperfectos

    ---Una vez cumplido este protocolo,el casero dispone de 30 días para devolver la fianza,descontando consumos y roturas ,si las hubiera

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En otras ocasiones habrá llegado a un acuerdo y el arrendador lo habrá aceptado, pero los contratos son de obligado cumplimiento para las dos partes, así que, o llega a un acuerdo con su arrendador, o debe cumplir el contrato.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
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