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Otra cuestión expertos,
Para estar preparado por si acaso: como ya he dicho anteriormente mañana o pasado tiene que venir el administrador de la finca para la firma del documento de fin de contrato de arrendamiento y entrega de llaves.(Recuerdo que he cumplido más del año mínimo y enviado la notificación de desistimiento con el mes de antelación requerido).
¿Tiene el mismo valor como pasa en otros documentos poner bajo mi firma (como arrendatario) "N/C" (No Conforme) si no estoy de acuerdo con lo escrito por parte del administrador? ¿O tiene que hacer uno de nuevo si llegamos a un acuerdo?
Hace dos meses me enteré que el dueño del piso cambió de administrador de fincas y en el contrato de arrendamiento no especifica el estado del piso ni las lecturas de los suministros.
Gracias anticipadas.
No tiene que ver con comunidades. Asegúrese de que existe esa cláusula de desistimiento a su favor sin ningún tipo de penalización.
Amparo se ha referido a la Ley de Arrendamientos, en la que se indica las prórrogas anuales.
Amparo, quisiera comentarte que mi contrato pone de 5 años de los cuales estoy obligado a cumplir el primero, lo cual ya se ha cumplido. A partir de ahí puedo rescindir el contrato voluntariamente cuando quiera. Podría ser que haya distintos tipos de contrato de arrendamiento o que en la comunidad de Madrid sea distinto.
Un saludo
Si en el contrato del piso no se especifica el estado se sobreentiende que se entrega en perfecto estado, en base al código civil.
Las dos formas que expone són correctas, poner un "no conforme" y especificar en qué no está de acuerdo, o hacer un nuevo documento
Puedes poner no conforme, naturalmente, pero me ha parecido leer en tu pregunta que no has cumplido la segunda anualidad completa, sino que has desistido del contrato "pasada la primera anualidad con creces".
Debes saber que, "pasada la primera anualidad", los contratos se prorrogan por OTRA anualidad, que también es de obligado cumplimiento... Si te vas antes de cumplir los dos años, podrías ser demandado por incumplimiento de contrato, y ser obligado por el juez a seguir pagando la renta hasta que el piso vuelva a ser alquilado... Andate con ojo y no tires de la cuerda...
En casos como el tuyo (desistimiento) perder "nada más" que la fianza puede ser un trato aceptable.
Saludos - Papeleos Alquiler.