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En julio, mi mujer embarazada, hija de 2 años y yo nos trasladamos a vivir a una casa alquilada (3er piso). Entre el bajo y el entresuelo había un montacargas o ascensor pequeño recién instalado a punto de ponerse en funcionamiento. Firmamos el contrato antes de que el montacargas comenzara a funcionar. En los meses siguientes el montacargas ha funcionado de forma muy irregular. De hecho, al volver de dar a luz a nuestra segunda hija, no funcionaba y se mantuvo así 3 semanas. Después ha funcionado de forma irregular, unos 3 o 4 días por semana. Por lo tanto, el montacargas no es operativo: no funciona con frecuencia y cuando funciona no nos es útil.Por todo esto queremos mudarnos, pero tenemos contrato por un año. ¿Creen que esta es razón suficiente para disolver el contrato? Aunque en el contrato no especifique que hay montacargas/ascensor, este mal funcionamient ¿supone un incumplimiento de contrato que nos permita irnos sin que se nos acuse a nosotros de incumplimiento ?
No, no es motivo suficiente ni hay un incumplimiento de contrato por parte del arrendador, asi que o llegan a un acuerdo o cumplen el contrato