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Tengo una vivienda alquilada con un contrato de un año, a los tres meses los inquilinos se han marchado sin previo aviso y me reclaman la devolución de la fianza. Hay recibo de luz y agua sin haber pagado, quería saber si me corresponde devolverle la fianza o qué puedo hacer ante tal situación, gracias
Dígales claramente que quedarse la fianza a modo de indemnización por haberse marchado del piso a mitad del contrato es el arreglo que mejor les sale a ellos, se considera incumplimiento y que podría llevarles a juicio y relcamarles el resto de los pagos hasta cumplir el año. La jurisprudencia en estos casos suele dar razón al propietario y el inquilino además será condenado a costas.