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Buenos dias a todos,
vivo en un piso compartido con otras 3 personas. El contrato no fijó duración, simplemente la obligatoriedad de estar el primer año o en su defecto indemnización de 1 mes por mes hasta cumplirlo, y que se prorroga tácitamente por periodos anuales hasta los 5
Esto se ha cumplido ya que llevamos 4 años, en el que salia uno y entraba otro, pero con la crisis no aparecen inquilinos nuevos y dada la situación ya prefiero abandonar el alquiler incluso sin preaviso
mi duda es que en el contrato viene un preaviso de 2 meses. ¿si abandono sin dar preaviso puedo tener algún problema legal aparte de perder la fianza que eso me da igual?
un saludo
gracias por tu respuesta, el problema lo encuentro en que las clausulas fijadas para el primer año hablan de indemnización al arrendador de 1 mes de arrendamiento por cada mes que se desista con antelación a la finalización natural del contrato ( el año), y aparte habla de 2 meses de preaviso para ejercer el derecho de desestimiento.
al haberse prorrogado sucesivamente el contrato mi duda surje al respecto de la indemnización por no habler cumplido de forma completa este año de prorroga, si son los 2 meses de fianza que se fijan o si por contra entra en juego esa indemnización de 1 mes de arrendamiento por cada mes de desestimiento anticipado al fin de prorroga
muchisimas gracias anticipadas por vuestras respuestas
Creo que hay un error en su transcripción de la indemnización prevista en contrato. Si hay obligación de preaviso de dos meses sin más indemnización, ésta ascenderá a dos meses de renta si usted incumple el preaviso.
En mis post
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario