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Tengo un piso alquilado por un contrato de 5 años,actualmente lleva 3 años,quiero redactarle una carta burofax para recuperar el piso ya que lo necesito por motivos economicos,ya que la nueva ley lo contempla,no se como redactarla,gracias
Juan, se agradece tu puntito de humildad. Aqui estamos todos para aprender, yo el primero, y, cuando se puede, para contestar. Y muchas veces encontraremos opiniones distintas, sobre todo cuando la jurisprudencia no es unánime, pero un exceso de valentía repercute de forma negativa en quien consulta y en quienes contestamos, que más que contestar pasamos el tiempo rectificando y entrando en debates absurdos.
Ya te habras dado cuenta que esta semana se han dicho autenticas barbaridades y eso, a la larga, baja muchísimo el nivel de las respuestas y del foro, cosa que los habituales nos esforzamos en que no ocurra, de ahí los toques de atención, sin otro ánimo que el de procurar cierto rigor en las consultas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Sr. Pedro Martinez, tiene toda la razon en lo referente al articulo 9.3. de la L.A.U., pero en ningun momento digo que envie un burofax con la documentacion que acredite su condicion economica, le digo que prepare la documentacion de su condicion economica ya que el Sr. Manolo100 dice que necesita la vivienda por motivos economicos, pero mi contestacion esta fuera de lugar ya que su contrato de alquiler se rige por la L.A.U. de 24 noviembre.
Con la contestacion de Sra ya estaba todo dicho.
Pido disculpas, si con mi afan de ayudar e llevado a confusion a alguien.
He repasado todas mis respuestas y tambien le doy la razon en que no he sido todo lo riguroso que debe de ser un profesional en algunas de ellas, por lo que tambien pido disculpas.
llevo sin ejercer algun tiempo y estoy algo oxidado.
hago proposito de enmienda y ser lo mas riguroso, claro y conciso posible en mis respuestas a la Comunidad de EnAlquiler.
Gracias por el toque de atencion.
Juan Jose Cuquerella, el otro día te pedia un compañero un poquito de rigor profesional. Yo te pediría que te quitases el avatar de profesional, porque esta respuesta no es de un profesional (y no es la unica) y puedes llegar a confundir a la gente que cree que lo eres.
Hablamos de la clausula del art. 9.3. de la LAU. ¿ Pero como le mandas a que prepare documentos que acrediten su situacion economica y que lo mande por burofax?
Es una clausula que, ademas de tener que constar previamente en el contrato para ser aplicable, no bastando con la mención de la LAU, es una clausula de necesidad de vivienda, no de necesidad economica.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Entiendo que primero se deberia de estudiar tu situacion economica y que tengas todos los documentos necesarios para acreditarla y sea suficiente como para aplicar la clausula, ademas el arrendatario tiene el derecho de retorno de la vivienda por un nuevo periodo de 5 años e indemnizacion por los gastos de desalojo, de no ocuparse la vivienda por el arrendador a los 3 meses de la extincion del contrato o, a eleccion del arrendatario, a ser indemnizado con cantidad igual al importe de la renta que faltara hasta completar 5 años.
Incluso sabiendo redactar el burofax yo acudiria a un abogado para que estudie tu caso y haga las gestiones oportunas, personalmente yo mismo acudiria a un abogado.
Hola manolo:
coincido con las respuests anteriores y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo
Hola, si en vuestro contrato no consta la posibilidad de recuperar el piso para vivienda tuya, no podrás hacer nada hasta que acabe el 5º año de contrato de tu inquilino. Y entonces tendrás que avisar fehacientemente (burofax con certificación de contenido) 30 días antes del 5º cumpleaños del contrato. Para hacer este burofax tienes ejemplo en la página de Amparo (ver link en su contestación).
La otra opción es llegar a un acuerdo con el inquilino para que se vaya antes, pero me temo que no lo hará si no le das alguna indemnización económica (que en tu caso - por lo que dices- no parece ser posible...)
Si vuestro contrato contempla la posibilidad de recuperar el piso para ti, creo que es mejor que contactes a un abogado experto en estos temas para que te orienten. Aquí en el foro hay varios.
Que tengas mucha suerte.
Hola Amparo,perdona que no me expresado bien,simplemente no se redactar una carta para mandar mediante burofax al inquilino para recuperar mi piso,ya que tengo graves problemas economicos
No sé a qué te refieres con lo de que la nueva ley lo contempla.
pero aún así. A tu contrato no le afecta la nueva ley.
ah, y ponte avatar de arrendador que lo llevas de arrendatario!
saludos - Papeleos Alquiler.