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David Terrón

inquilino/a

¿Podemos irnos sin pagar un duro?

La cuestión es que vivo con mis padres en un piso de alquiler, entregamos 2.200€ de fianza, hemos ido pagando todos los meses o eso creíamos, porque mi padre tiene problemas con el juego, y nos ha ido sacado dinero del Banco, entonces, ahora mismo debemos el mes de Noviembre, Enero, Febrero y Marzo, nos han hecho reclamación judicial, y dicen que en dos meses nos desahucian.

En este caso, hemos pensado en buscarnos un piso nuevo, podemos irnos en este momento, que se queden la fianza, y no hacer el pago del importe de los cuatro meses que nos reclaman, porque le dejamos a su disposición el piso.

 

  • Preguntado por: David Terrón
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Tengo un conocido que pensó que irse por las buenas era la mejor solución. En el juicio por desahucio, al que no compareció, el juez resolvió con el desahico y por una deuda de 13.000 euros de alquileres atrasados, hasta la recuperación de la vivienda.

    A mi conocido, el juzgado le está descontando cada mes el exceso de su sueldo y le queda cada mes una cantidad inferior de 700 euros para comer, pagar el alquiler y los gastos. Y no le dejarán de descontar el exceso hasta qe haya pagado la deuda y las costas judiciales.

    Ahora está super arrepentido de no haber sido capaz de resolver su conflicto a tiempo y correctamente .

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    la fianza no está contemplada para el pago de alquiler, sino para posbiles desperfectos, consumos pendientes...

    Negocien con el propietario, ya que éste podría no acpetar la fianza como pago (está en su derecho) y seguir adelante con el desahucio, con lo cual les tocará pagar estos cuatro meses más las costas del abogado y procurador.

    Otra opción que tienen, es ir al juzgado y pagar de golpe la deuda completa con lo cual el juicio se parará. Esto solo lo podrán hacer una vez.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pueden hacerlo siempre que previamente lleguen a un acuerdo escrito con la propiedad y desista de la reclamación judicial si ya está entablada.

     

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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