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Somos inquilinos de un piso cuyo contrato a un particular, de 2 años de duración, termina el próximo día 1 de Agosto. Necesitaríamos irnos a mediados de Junio ya que hemos visto un piso que nos interesa mucho. Lo hemos hablado con el propietario para que no nos cobre una cláusula anexa que especifica que si no cumplimos con la totalidad del contrato debemos abonar tres meses de alquiler, pero nos ha dado un poco de largas: que lo tiene que hablar con su gestor,etc... Ante su posible negativa a dejarnos ir "por las buenas", tenemos algo a lo que adherirnos? És una cláusula legal? No es sólo obligado el 1er año y avisando con un mes de antelación ya bastaría?
Muchas gracias de antemano.
Hola Monserrat:
En el siguiente enlace encontrará información detallada sobre su consulta
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
De acuerdo con javiersantander. Si no avisais con 30 dias de antelacion ( y que quede constancia, asi q lo mejor un burofax) el contrato se prorrogara por otro año mas.
si el contrato es de 2 años debes cumplirlos.
Si te vas en junio y el contrato finaliza en agosto no es logico pagar 3 meses de indemnizacion. En el peor de los casos debes pagar el mes de julio cumpliendo así el contrato. Si te obligan a pagar el mes de julio tienes derecho a usar el piso ese mes con lo que aunque ya no vivas allí el casero no puede entrar en el (salvo que tu le dejes).
Para evitar que el contrato se prorrogue automaticamente debes notificar por escrito tu intencion de finalizar el alquiler.
Para no tener problemas despues de finalizar el contrato debeis firmar un documento de fin de contrato y entrega de llaves.